VIERNES DE VEJENTUD – REBELDIA 13/10/24
La rebeldía, a saber, en Derecho está descrita como faltar a una cita o dejar de obedecer.
Y para garantizar que se cumpla el compromiso, si el obligado es omiso lo hace el juez en su lugar.
Pues sucedió que una vez perdió el divorcio un marido y quedó más que aturdido con la sentencia del juez:
Cohabitará día a día con su esposa en el hogar; si se quisiere negar, lo haré yo en su rebeldía.
PFRG–
Pedro F. Rivas Gutiérrez





