Culiacán, Sinaloa, noviembre 14, 2024
Jesús Fuentes Félix
Con 37 votos a favor y ninguno en contra, el 23 de enero de 2024 el Congreso aprobó y expidió en Sinaloa la Ley de revocación de mandato.
Establece que sólo con el sufragio universal, libre, secreto, directo, personal intransferible se revocara el mandato por pérdida de confianza.
El proceso solo procederá por petición de ciudadanos de al menos el diez por ciento del padrón electoral de 11 municipios.
La votación será el domingo siguiente a los noventa días posteriores a la emisión de la Convocatoria.
La revocación de mandato sólo procederá por mayoría absoluta, con la participación por lo menos del cuarenta por ciento de electores.
El resultado será vinculatorio para la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado.
Si los resultados indican que procede la revocación de mandato, el titular del Ejecutivo se entenderá separado definitivamente del cargo, luego que el Tribunal Electoral emita la declaratoria de revocación.
Y vámonos recio …





